Reparto de bienes gananciales
Buenas transeúnte,
Mira " NO SE PUEDE HACER TORTILLA, SIN ANTES ROMPER LOS HUEVOS " y lo que propones es un apaño que no conduce a ninguna parte, por lo que ó esperas a que la Separación ó divorcio sea ya un hecho, y continuas así, ó directamente hacéis un inventario de bienes y siendo la sociedad de gananciales la que rige vuestro matrimonio absolutamente todo sería a repartir al 50% entre los cónyuges, a excepción de cualquier bien ó aportación que de forma PRIVATIVA hayáis aportado al matrimonio.
Otra posible solución sería hacer ante Notario, un cambio de régimen, y pasar del Régimen Ganancial al de Separación de Bienes.
Si en un momento dado necesitas acudir a un Profesional de la Abogacía especializado en Derecho de Familia, te puedo poner en contacto con mi Abogado con despacho en la Calle Serrano de Madrid, que se ocupó de mi divorcio contencioso, y no cobra la primera consulta presencial en el despacho.
Saludos cordiales
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