Buenas
Hola senda42, segun tengo entendido, el estatuto de los trabajadores marca que las empresas no estan obligadas a dar al trabajador una compensacion por traslado siempre y cuando dicho traslado no comporte un cambio de domicilio al trabajador.
Esto es, si tu empresa se traslada de sitio pero aun asi tu sigues viviendo en el mismo domicilio (mas cerca o lejos del nuevo sitio) la empresa no esta obligada a pagarte nada. Pero, si este cambio implica que tu debas cambiar de domicilio (dices que cambian de ciudad) entonces si que estan obligados a compensarte economicamente.
Ahora si, cada empresa se toma esto un poco a la ligera, vamos que cada una acaba pactando lo que quiere con los trabajadores e incluso a veces independientemente de lo que digan los convenios o estatutos. Lo digo porque mi empresa hace ya tiempo que se traslado y aunque a mi me fue muy bien ya que se trasladaron mas o menos cerca de mi domicilio, a mi tambien me compensaron.... Por eso te digo, tambien depende de la empresa....
Suerte!!!!