Hola
Mucho me temo que no, que al ser beneficiario el niño y al ser una obligación del padre/madre no custodio me temo que no se puede renunciar a ello, ni siquiera en casos de pérdida de Patria Potestad o Régimen de visitas.
Puede que me equivoque pero me temo que no puedes renunciar a una pensión que es para la manutención del niño, quizá sería diferente si se tratara de una pensión compensatoria hacia ti o abrir una nueva cuenta en la que fuese titular vuestro hijo y poder disfrutar de ese dinero cuando sea mayor de edad.
Un saludo.